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¿Cuándo tengo un proindiviso? ¿Puedo vender el proindiviso?

pro indiviso significa ‘por indiviso, sin dividir’ refiriéndose a los bienes que se poseen en comunidad, y por tanto sin repartir.

Proindiviso Inmobiliario. En otras palabras, cuando escribimos todo junto proindiviso, en realidad nos referimos a pro indiviso ("por indiviso") y la palabra indiviso significa "no separado o dividido en partes". Entonces, llegamos a la conclusión de que un proindiviso es algo que está por repartir. Cuando tienes una participación sobre ese "algo", tienes una parte indivisa de ese "algo". Imagina una herencia de 100.000€ con cuatro herederos. Esta situación no genera ningún conflicto ya que el proindiviso se parte fácilmente en cuatro partes y a cada uno de los herederos le correspondería un parte indivisa de 25.000€. Los problemas vienen cuando el bien a repartir no es divisible, como es el caso de un bien inmueble. Si en el ejemplo anterior la herencia fuese un piso, cada uno de los herederos tendrían un 25% del piso, es decir, una parte indivisa del 25% sobre ese "algo", que es el bien inmueble o piso heredado. En este caso no es posible determinar qué se tiene exactamente, y aquí es donde surgen los desacuerdos.

Hay que aclarar que un proindiviso no existe hasta que se dispone de título inscribible en el registro de la propiedad. Para ello la herencia debe estar adjudicada en los porcentajes correspondientes a cada heredero y aceptada por los mismos, solo en ese momento pasan de ser herederos a propietarios.

El dueño de un proindiviso puede vender libremente a un tercero su porcentaje de propiedad, no estando condenado al condominio con los demás ni teniendo que acudir a los tribunales. Ha de saber que está realizando un acto totalmente legal regulado por el artículo 400 del código civil y siguientes. La compraventa se realiza siempre ante notario. En nuestra empresa no existen requisitos especiales para mostrar interés o descartar la compra de un proindiviso excepto que exista derecho de uso a favor de hijos menores. Cada empresa tiene sus propios parámetros de valoración. El precio que ofrecemos para la compra de un proindiviso varia en función del porcentaje que se vende, de cuantos copropietarios hay, del estado y la situación del inmueble, de si está habitado por el vendedor, por algún otro copropietario o no habitado.

Una vez que hemos analizado toda la información sobre el proindiviso y comprobado que no existen errores, lo siguiente es hacer una oferta y explicársela al interesado en la venta. Debemos explicar con claridad el porqué de la oferta aclarando los riesgos que nosotros corremos en caso de no poder llegar a un acuerdo con el resto de copropietarios, riesgo que se traduce en tiempo de litigios, que en el mejor de los casos suele ser de dos o tres años, además de los gastos judiciales que se generan.

A continuación acudiremos a una notaría para hacerlo constar en documento público. En el plazo de 1-2 días analizada de nuevo toda la documentación aportada a la notaría, solicitada una nota informativa al registro de la propiedad donde nos informan quienes son los titulares del proindiviso y el porcentaje que posee cada uno de ellos,si la propiedad está libre de cargas, procederemos de acuerdo a derecho y si todo está en orden y el cliente así lo desea, fijamos fecha en la notaría para el día siguiente, donde culminamos el proceso de venta pagando al contado, en el mismo acto. El proceso de vender un proindiviso o porcentaje de herencia es muy ágil y rápido, en dos o tres días puede estar completado.

Nosotros corremos con todos los gastos derivados del proceso de venta, aunque es posible que el dueño del proindiviso tenga que hacer frente al impuesto de plusvalía municipal, que ahora se llama impuesto sobre el incremento de valor de terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU).

Si no es posible el acuerdo, ahórrate los disgustos y vende tu proindiviso.

chica feliz

Vender tu proindiviso

Tener una propiedad en proindiviso con otros propietarios es un caso más común de lo que puede parecer a simple vista.

Esta situación, problemática muchas veces, se puede ocasionar cuando varios hermanos heredan el piso de sus padres, en las parejas que compran sus viviendas en régimen de gananciales o simplemente por una donación.

Por ello debes de saber que existen reglas para diferenciar quién se hace cargo de los gastos o qué ocurre si uno de los propietarios quiere vender. De la misma manera, la disolución de un proindiviso tiene una importante ventaja fiscal que puedes aprovechar.

Llámanos ahora y entérate de todos los detalles, somos profesionales especializados en la lesgislación vigente que regula esta situación.

En Proindivisos y Herencias compramos, con la máxima rapidez y las mejores condiciones, tu parte proindivisa de un inmueble o propiedad.Da igual si el inmueble está embargado, hipotecado, proviene de una herencia o de un divorcio.

Te ofrecemos la mejor valoración posible y firma ante notario en el mismo día, con todas las garantías.

Si tu respuesta es sí

  • Si estás cansado/a de discutir con los familiares
  • No hay posibilidad de llegar a un acuerdo
  • No quieres pagar impuestos por inmuebles que no disfrutas
  • No soportas más a tus copropietarios

Oferta Inmediata

  • Rellena el formulario de consulta
  • O llama al 622 04 04 02
  • La venta de una parte proindivisa es totalmente legal
  • Y también es legal la venta de una parte de herencia

¿Qué puedes vender?

  • La cuota que te corresponda sobre la propiedad
  • Tu posición en la herencia incluso antes de partirla
  • Partes indivisas (proindivisos) de inmuebles
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PROINDIVISOS Y HERENCIAS

Esta guía-tutorial muestra todas las cosas que es imprescindible saber y todos los pasos que hay que dar desde que se adquiere la condición de heredero hasta que se deja de serlo. Nuestro principal objetivo y motivación para realizar esta guia-tutorial, es orientar de forma clara, útil, eficaz y totalmente gratuita, a todas las personas que se ven inmersas en esta situación, para que tengan claro en todo momento lo que tienen que hacer.

Con la esperanza de haber conseguido nuestro propósito ponemos a vuestra disposición esta completa guía-tutorial. Con toda sinceridad, pienso que esta guía os va a ser muy útil ya que os aportará información muy precisa durante cualquiera de las etapas que os encontréis en todo lo referente a testamentos y herencias.
Francisco Canteli

En Proindivisos y Herencias, ubicada en la calle Embajadores, 155 código postal 28045 de Madrid, sabemos muy bien que para el público en general, palabras como derechos hereditarios, declaratorio de herederos, aceptación de herencia, comunidad de bienes, comunero, copropietario, coheredero, pro indiviso, condominio, condueño, etcétera, son muy aburridas y cercanas a producirnos una agradable somnolencia hasta que, por circunstancias de la vida, nos vemos en la necesidad de informarnos de qué va todo esto.

En este preciso instante todos nos hacemos las mismas preguntas ¿cuánto tendré que pagar por la vivienda de mis padres?, ¿cuánto me llevará hacienda por un dinero que me han dejado?. Aquí surgen las dos grandes cuestiones de la herencia: los impuestos que tenemos que pagar y los problemas con el resto de herederos.

Antes de nada, hay que dejar claro que las normas no son iguales para toda España. Hay comunidades autonómicas que tienen unos derechos especiales, históricos, llamados ‘Derechos Forales’, con regulación propia de todo lo relativo al testamento y a las herencias. Dichas comunidades son Galicia, Cataluña, Aragón, Navarra, parte del País Vasco, y Baleares. Nosotros nos vamos a centrar en el régimen general y en la ley que rige para el resto de España, el llamado 'Derecho Común'.

 

Mapa capitales provincia España

 

 

Ámbito de actuación

Nuestro ámbito de actuación se centra en la compra de pro indivisos y herencias de propiedades situadas en las siguientes

Comunidades:

  • Madrid
  • Galicia: A Coruña, Vigo...
  • Asturias: Oviedo, Gijón
  • Cantabria: Santander
  • Castilla y León: Valladolid, León...
  • País Vasco: Bilbao, San Sebastián, Vitoria...

Si tu pro indiviso no se encuentra en ninguna de estas ciudades, puedes consultarnos tu caso concreto por teléfono o email.

Las respuestas más solicitadas sobre proindivisos y herencias

¿Qué tipo de participaciones puedo vender?

Compramos partes de herencias, indivisos, pro indivisos, sin importar el porcentaje que se posea.

¿Si es una empresa la que vende, también vale?

Sí, compramos a cualquier persona física o jurídica.

¿Compráis pro indivisos con cargas, embargados o hipotecados?

Sí, previo estudio y aprobación del caso.

Un piso cuya nuda propiedad se divide al 50% entre mi hermano y yo y cuyo usufructo se divide al 25% entre mi hermano, mis padres y yo. Para vender el piso a un tercero ¿hemos de estar de acuerdo los cuatro?

Sí, para vender el piso, en principio tendrán que estar de acuerdo los cuatro. Si alguno no está de acuerdo, los demás solo podrán vender aquello que tienen, es decir, si solo venden su hermano y usted, el comprador solo adquiriría la nuda propiedad del piso y el usufructo de la mitad, manteniendo sus padres el derecho vitalicio a usar y disfrutar el 50% indiviso del piso.

¿Compráis un pro indiviso que no está inscrito a mi nombre en el registro?

Sí, llámanos y te asesoramos gratuitamente.

¿Intervienen intermediarios o algún tipo de mediadores en mi caso?

No, disponemos de capital propio y no actuamos como intermediarios, somos inversores directos.

¿En qué zona tiene que estar la propiedad?

Nuestro ámbito geográfico se centra en las capitales de provincia y grandes ciudades como Madrid, País Vasco, Castilla-León, Galicia, Asturias y Cantabria.

¿Puedo vender mi parte sin el consentimiento de los otros propietarios?

Sí, no necesitas contar con ellos, puedes vender tu parte al precio que acordemos de forma absolutamente legal, no necesitas autorización de ninguno de los otros propietarios.

¿Si uno de los coherederos no quiere vender, decide la mayoría?

La regla general en nuestro Derecho es la unanimidad para los actos dispositivos sobre bienes comunes y la mayoría para los de administración. En defecto de acuerdo, decide el Juez.

¿Puedo renunciar a una herencia?

Sí, hay dos tipos de renuncias, la simple o abdicativa y la traslativa. La renuncia simple es aquella en la que el heredero renuncia sin más a la herencia, lo que da lugar a que aquello a lo que ha renunciado acrezca al resto de coherederos. La renuncia traslativa, es decir, renunciar a la herencia en beneficio de otra persona (otros coherederos en concreto, o los hijos, o incluso un extraño). En este caso no se trata de una renuncia realmente. Aquí, y es importante ser consciente de ello a efectos civiles y fiscales, lo que se está haciendo es aceptar la herencia y donarla a ese beneficiario.

¿Compráis derechos hereditarios? Tengo derechos sobre una herencia pero esta sin repartir ni adjudicar.

Sí, aunque recomendamos la venta de derechos hereditarios solo cuando sea imposible la adjudicación y reparto por parte de los herederos.

¿Qué solución hay cuando uno de los propietarios está viviendo en el inmueble y no paga ningún tipo de renta al resto de los propietarios, ni impuestos, ni quiere llegar a acuerdo alguno?

La solución es vender la participación del inmueble a empresas especializadas, como Proindivisos y Herencias, en la compra de participaciones de pro indivisos.

¿No encuentras tu respuesta?

Si no encuentras la respuesta que necesitas en este momento, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Puedes hacerlo bien enviándonos un email a través del formulario de consulta, o llamando al teléfono 622 04 04 02. Estamos encantados de atender tu llamada y te asesoramos en el momento, de forma gratuita y sin compromiso alguno.

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